Obligación de instalar ascensor y construir garaje

Estoy valorando el edificar en un solar que poseo en Madrid. Tiene 180m² (9m de ancho por 20m de fondo), aunque creo que únicamente puedo edificar 12m de fondo, es decir 108m² dejando los 8m restantes para patio.

También tengo entendido que debido al ancho de la calle puedo construir el bajo y dos alturas, añadiendo una "falsa tercera planta" retranqueada respecto a la fachada que sirviera de dúplex a la segunda planta.

Para poder tener el presupuesto total aproximado de las obras necesito resolver tres cuestiones que podrían modificarlo sustancialmente. Son las siguientes:

  1. ¿Es obligatorio realizar garaje o podría evitarlo debido a que el solar es pequeño?
  2. ¿Es obligatorio poner ascensor? Entiendo que al tratarse de dos plantas no sería necesario, pero la "falsa tercera planta" me hace dudar.
  3. ¿Tendría qué continuar las escaleras de la comunidad hasta esta "falsa tercera planta" o valdría con una escaleras de caracol desde los correspondientes pisos de la segunda planta?

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No me conozco pormenorizadamente la normativa urbanística de Madrid, pero intentaré ayudarte en lo que puedas.

Me imagino que lo que estás comentando es construir un edificio de vivienda colectiva.

Lo que hablas de la "falsa tercera planta", es una autorización de aprovechamiento en bajo cubierta. Hay Ayuntamientos donde se puede configurar como una planta independiente y en otros donde es obligatorio que esté vinculado registralmente a la vivienda inmediatamente inferior (lo conocido como duplex). Sobre ese aspecto lo mejor es informarse en el ayuntamiento para no tener ninguna duda.

Sobre el garaje, lo normal es que sea obligatorio tener plazas de garaje cuando se hace una promoción nueva. No se si en Madrid tienen alguna excepción, pero me extrañaría mucho. Las excepciones suelen ser principalmente para rehabilitaciones.

Ten en cuenta que en planta sótano podrás ocupar la totalidad del solar, es decir, los 180 m2 y aunque no es mucho espacio, debería de dar bien para una plaza de garaje por vivienda con un trastero. Yo creo que en Madrid, el precio de mercado de disponer de plaza propia y trastero, debería de poder pagar sobradamente el coste del sótano.

Sobre el ascensor, más o menos lo mismo. Aunque no es obligatorio, es siempre un valor añadido a la vivienda, que la revalorizará sobradamente para poder justificar su instalación.

Mi opinión es siempre que para una promoción de vivienda no se puede comenzar con "cuanto me voy a ahorrar", sino por cuanto me va a costar la calidad que quiero y a cuanto voy a poder vender para obtener un beneficio adecuado con una calidad que no me de quebraderos de cabeza a medio plazo.

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