¿Cómo me doy de baja por riesgo en el embarazo siendo autónoma?

Trabajó como bióloga, estoy de 24 semanas. Yo voy buscando y haciendo trabajos por horas pero debido al tipo de trabajo con productos químicos y tal se me está haciendo muy difícil encontrar clientes por mi condición de embarazada, ya que trabajar con productos químicos y biológicos en mi estado no es seguro y últimamente me dan bajadas de tensión lo que me dificulta también el pasarme el día con el coche y andando en busca de clientes. Como demuestro el riesgo si en este momento evidentemente no tengo ningún cliente.

2 respuestas

Respuesta

Podrán percibir esta prestación las trabajadoras autónomas que hayan tenido que interrumpir la actividad profesional, porque pueda influir negativamente en su salud o en la del feto, y siempre que cuenten con el correspondiente informe certificado, del Servicio Público de Salud.

La cuantía de la prestación será el 100% de la base reguladora. El derecho a la prestación se inicia al día siguiente, al día que se emite el certificado médico necesario, aunque los beneficios económicos se generarán a partir de la interrupción de la actividad profesional y durará mientras la trabajadora autónoma no pueda reincorporarse o hasta el inicio de la prestación por maternidad.

Las autónomas tendrán un plazo de 15 días para presentar una declaración de situación de actividad en la que deben informar de la imposibilidad de realizar una actividad profesional alternativa. En caso de que se trate de una trabajadora autónoma dependiente, la declaración deberá efectuarla su cliente.

La gestión y el pago serán realizados por la Entidad gestora o la Mutua con la que la trabajadora autónoma tuviera formalizada la cobertura de las contingencias profesionales, tanto si es obligatoria como voluntaria.

Respuesta

Tendrás que solicitar que te concedise la baja tu médico de cabecera o la mutua.

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