Tributar el cobro de cantidad por parte de FOGASA

En Noviembre de 2012 la empresa en la que trabajaba entro en concurso de acreedores y me dejo a deber dinero (pase subrogada a otra empresa) me dejo a deber la parte proporcional de pagas extra y el salario hasta el día 9 en que finalizo con ellos, además de las horas extras realizadas en Octubre. La cantidad asciendio a unos 2910 euros brutos aprox.

En la renta de 2012 no modifique el borrado y constaba que la mencionada empresa me había abonado la cantidad antes mencionada y aplicado las retenciones correspondientes.

Ahora a finalizar el mes de diciembre y tras realizar reclamación a Fogasa me han abonado 2718 euros en la cuenta corriente.

¿Debo realizar declaración complementaria antes de que empiece el plazo a la renta del 2015?

¿Si ya consto ese dinero como cobrado en la renta del 2012 deberé volver a pagar el irpf de nuevo?

Si alguien me puede aclarar mis dudas se lo agradezco mucho.

Además no entiendo la diferencia de dinero... Yo reclame a fogasa 2910 y me abonan solo 2718 euros.

1 Respuesta

Respuesta
1

En el caso que lo hayas declarado en 2012 no tienes que reclamarlo ahora, pero de no haberlo hecho deberías hacer una complementaria.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas