¿Se puede escriturar un elemento común?

Una Propietaria del inmueble donde vivo quiere adquirir un espacio que hay entre su techo y cubierta que no aparece en la Escritura División Horizontal para lograr mas altura y luz, no superficie, según el informe técnico "no existe edificabilidad residual en la finca". ¿Se puede escriturar? Si es afirmativo ¿Se puede hacer sin variar la actual división horizontal?

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No. El principio del coeficiente es sobre el área construida utilizada por el propietario y si se escritura ese espacio se le está dando "mas área construida para su servicio". Establecido los criterios de ley pasemos a asuntos prácticos: ¿Quién garantiza que a futuro no pongan una buhardilla en ese espacio o que ese espacio sea utilizado para otros fines diferentes a los que en un principio motivaron esa escritura?... Nadie.

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