Puedo demandar a mi compañía de seguros ?

El día 25 de agosto del pasado año tuve un accidente de tráfico. El siniestro ocurrió cuando, en una intersección, después de señalar con mi intermitente, yo me dispuse a cambiar de dirección hacia la izquierda. En ese momento el otro vehículo se propuso adelantarme colisionando en mi lateral trasero izquierdo con su frente izquierdo. Debido a los nervios ya que el golpe fue bastante grande y, dado que la conductora del otro vehículo comenzó a decirme que no había señalizado mi maniobra, decidí llamar a la policía local quien acudió enseguida y lo primero que hizo fue pedirnos que apartáramos los coches que estaban obstaculizando, sin ni siquiera tomar nota de la situación de los mismos. También acudió al lugar el marido de la contraria al que llamó porque no sabía qué hacer. Entre él y uno de los policías rellenaron el parte amistoso donde describieron el accidente correctamente, dibujaron el croquis correctamente, señalaron correctamente los daños en ambos vehículos, pero al poner la cruz en las casillas de las circunstancias, el punto 8 lo marcaron en mi lado, motivo por el que la compañía contraria me hace responsable y reclama a mi compañía y esta acepta la responsabilidad. Después de pedir el informe a la policía que estuvo en el lugar (no levantaron atestado solo emitieron un informe) en el que explica perfectamente lo ocurrido y que es la otra conductora la que me golpea a mí, además de facilitarles un escrito firmado por una testigo quien también lo corrobora, esta semana recibo una carta de mi compañía diciendo que la compañía contraria sigue sin aceptar la responsabilidad. También decir que sufrí daños físicos demostrables y también se niegan a indemnizarme. En este punto no sé cómo actuar, si tengo que demandar a mi compañía de seguros o qué hacer.

2 Respuestas

Respuesta
1

A quién debe demandar, en todo caso, es a la compañía contraria, no a la suya propia. Si contrata a un abogado, demanda y gana, su compañía le pagará la minuta hasta el límite contratado por defensa jurídica. Si pierde, deberá Ud. pagarlo todo, incluso las costas del juicio y en el peor de los casos, hasta los honorarios de los abogados de la otra parte.

De acuerdo, pero lo que quiero saber es si llevo o no llevo la razón, mi compañía dice que aunque haya sido un error, legalmente señalar esa casilla invalida todo lo demás, y yo no me puedo creer que esto sea cierto, habiendo un informe de la policía que dice que fue la contraria la que me golpeó y un testigo que dice lo mismo. 

Necesito saber cómo era la vía en la que ocurrió el accidente. ¿Era de doble sentido de circulación? Si desea que revise su declaración amistosa, hágamela llegar a [email protected]

Tras la revisión del parte, la casilla 8 es irrelevante. Es Ud. responsable del accidente, de acuerdo código general de circulación: antes de efectuar un giro o cambio de sentido, debe cerciorarse de que nadie le adelante, pues la responsabilidad reacae en el que realiza el giro.
Por el tiempo trascurrido lo imaginé, y acerté, desde mi experiencia. Si demanda, perderá. Y no, no hay excusas ni matices, le ahorro las explicaciones que pueda darme, pues serán una pérdida de tiempo. Es Ud. el responsable del accidente, con o sin testigos.

¿Pero si el golpe yo lo tentó en la parte trasera? Eso querrá decir que yo ya estaba realizando la maniobra cuando ella comenzó a adelantarme.

Es irrelevante, pues el Código General de Circulación no tiene en cuenta lo avanzada que pueda estar o no estar una maniobra, pues entonces ninguna reclamación prosperaría.
Antes de girar, hay que detenerse (obligatoriamente), mirar a ambos lados y si no se ve a nadie, realizar la maniobra. Si Ud. se hubiese detenido y mirado, el accidente no se habría producido.

Respuesta
-1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le ayude con su caso concreto. Muchas pólizas disponen de servicio jurídico incluido, tanto de abogados internos de la compañía como del que usted designe.

Una vez estudiado el caso, el abogado le ayudara con el procedimiento de reclamación, que habitualmente es contra la compañía y conductor contrario.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas