Empleada domestica rumana, interna, sin registro y sin permiso de trabajo

Una señora, de 85 años y que hace algunas cosas en casa - no es invalida- pero se cansa mucho, a contratado hace un año y medio a una rumana --sin permiso de trabajo y sin registrarla --para ayudarle y hacerle compañía.

La rumana está, interna. Se levanta a las 9 ( si eso a las nueve) hace alguna cosilla de limpieza porque no hay mucho que hacer, después de comer - comen a la una - se va a casa de su hijadesde las 14 :30 hasta las 19:30 cundo vuelve y normalmente se pone a hablar por tf unos 15 minutillos. Hace la cena de mi madre, lava los platos, pasa un paño en la cocina y se pone a ver la tele hasta las 23 h. Aprox. Que se va a su cuarto. Poco trabajo y cobra 900 eur. Pero no le dá vacaciones ni paga extra y "teóricamente" trabaja de lunes a lunes y seguro que dirá que 24 horas por día

Creo que no sería extraño que en un futuro exigiese sus "derechos" en la justicia. Que, con lo mal que está hecho todo y dependiendo del tiempo que esté... Va a ser una cantidad considerable.

Creo yo que con multas - por contrato sin registro y sin permiso de trabajo -- y pagas, horas extras... Etc . Va a ser un dineral. Subirá bastante de los 10.000 euros.

Los hijos de la señora me han respondido que : a) En España las empleadas domesticas no suelen denunciar a los empleadores, que nadie paga "esas cosas de vacaciones, etc.". B) Que soy un paranoico de las teorías conspiratorias ("sic") porque he dicho que si la anciana muere con un proceso judicial - de la rumana - en curso lo van a cobrar del piso que es la única herencia que va a dejar. C) Que si la señora fallece y ella aún esta trabajando en su casa... Que - la rumana - no podría hacer una reclamación por vacaciones, horas extras etc. -Yo creo que sí.

Pediría, por favor, que me diga su opinión a las cuestiones a), b) y c).

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Efectivamente, se pueden encontrar con una reclamación de la empleada... y puede ser muy costosa, para la señora o para sus herederos.

Hay un régimen especifico de empleados del hogar, donde debería darse de alta y pagar la correspondiente nomina, vacaciones, etc...

Creo que el caso que comento es bastante común en España y está razonablemente explicado. Doy por hecho que hay que ir a un abogado, pero si no es mucho pedir, podría darme respuestas ( aproximadas, claro) a los puntos a) - parece que en España es normal no registrar a alguien-, b) - creo que ya han contestado que la deuda queda para los herederos-- y c) - este punto no lo tengo claro, si la rumana puede entrar con acción judicial contra los herederos por sus derechos no pagados por la fallecida-.

Muchas gracias.

No se puede tener trabajadores, aunque sea en régimen del hogar, sin dar de alta en la seguridad social. Y aunque esto sucede más de lo deseable, no es legal.

Se heredan los bienes y las deudas, por lo tanto, si se plantea procedimiento judicial los herederos lo deben asumir, aunque lo lógico es presentar el procedimiento ya.

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