¿Que festivos corresponden en un contrato al 70%?

Mi situación es la siguiente, me han reducido el contrato de 40 horas semanales a 28 (ahora el contrato es el 70% de lo que era antes). No tengo horario fijo y el trabajo se desarrolla visitando lugares, por lo cual he concentrado mis horas de trabajo en 3 días a la semana. Esos días son variables, dependiendo de las necesidades de la empresa, por lo tanto estoy disponible de lunes a viernes pero sólo trabajo 3 de esos 5 días. ¿Mi duda es qué festivos me corresponderían? A la empresa le conviene que yo trabaje esos 3 días sin que caiga en festivos, quiero decir si hay un festivo que cae en lunes, pues esa semana me dirían que trabajase de martes a jueves por ejemplo.

Aún no hemos pactado ese tema de festivos pero es inminente y tengo dudas sobre como resolverlo, me gustaría saber que me corresponde dentro de la legalidad.

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Respuesta

Todos los trabajadores tienen derecho a 14 días festivos al año. De los cuales 12 son nacionales y los otros 2 locales. Los días festivos si se trabajan son horas extras. Pero es la empresa la que te tiene que requerir expresamente al trabajador trabajar los días festivos, y lo tiene que hacer por escrito. No puedes decidir tu libremente trabajar el día de festivo para cobrarlo.

Es como si un trabajador normal de 40 horas semanales de lunes a viernes, un día de festivo nacional que cayese en lunes decidiese ir a trabajar. Evidentemente no lo cobrarías porque la empresa no te ha pedido que trabajes ese día, que es festivo nacional. El trabajador no elige unilateralmente si hace horas extras un día festivo sin la autorización de la empresa.

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Gracias Rafael, pero sigo sin tener claro cuáles me correspondería exigir. Pongo dos ejemplos inminentes: este domingo es el día de Andalucía y la fiesta se pasa al lunes, así que la semana que viene podría trabajar de martes a jueves (pero el lunes libro porque me corresponde pero no por el festivo). Otro ejemplo, en semana santa los festivos son jueves y viernes, entonces esa semana trabajaría de lunes a miércoles? es que no sé si me explico muy bien, pero mi duda es que siendo los días de trabajo variables en la semana, mi jornada de 28 horas nunca se va a ver beneficiada porque haya un festivo.

Saludos

Te respondo concretamente. El día festivo de Andalucía, al ser festivo en la comunidad, es festivo para ti. Si trabajas ese día, porque la empresa te lo pide, sería considerado horas extras. Si la empresa no te pide que trabajes, no tienes que trabajar, si lo haces voluntariamente (trabajar), ese día no computa, porque la empresa no te solicitado que trabajes ese día festivo.

La semana santa, podrías trabajar de lunes a miércoles, o sábado o domingo. Porque tu contrato es de lunes a domingo. Pero no los días que son festivos.

Para que quede más claro, tu puedes tener la jornada que quieras, irregular de lunes a domingos, de las horas que quieras hasta 40h semanales. O si son 10h, pues 10 horas. Las que sean. Pero los festivos son festivos nacionales/locales por lo tanto, si lo trabajas porque la empresa te lo pide, lo cobras como horas extras. Si la empresa no te pide nada, no lo trabajas.

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