Las deudas de las tarjetas de crédito

Cuando falleces las deudas de las tarjetas de crédito se las puede reclamar la entidades financieras a la familia

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Tal y como le indica el bufete de abogados Edo, ratifico lo expresado. En estos tiempos en los que los valores catastrales (los que sirven de base para las sucesiones y donaciones) son superiores al valor de mercado, se ve cada vez más frecuentemente herederos que renuncian ante notario a la herencia porque las deudas son superiores a los bienes que heredan, y el mantenimiento sale caro. En definitiva: sí, las deudas también se heredan. Otra cosa es que la Compañía decida que, según qué importe sea, les conviene iniciar acciones legales, o bien lo declara como crédito incobrable, dotándolo de la oportuna provisión de fondos y procediendo, tiempo después, a cancelarlo.

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Cuando se hereda, se heredan los bienes y las deudas. Si no hay renuncia expresa a la herencia, y hay deudas, pueden reclamarles.

Osea si renuncian a la herencia no le pueden reclamar nada a la familia

Si se renuncia a la herencia, no pueden reclamar a los herederos que hayan renunciado. En cualquier caso hay que estudiar el caso concreto, pues en determinados casos, si usted renuncia puede pasar a los herederos de usted.

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Si los herederos han aceptado la herencia y el banco acreedor es consciente, lo suyo es que sí.

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