Duda sobre el artículo LAU 21.4

Hace 1 mes y 21 días que estoy viviendo de alquiler, a día de hoy, la lavadora se ha roto (no funciona correctamente) y no se quien debe de repararlo, si yo o el arrendador.

Tengo un contrato de arrendamiento de vivienda habitual de 11 meses, en dicho contrato tengo una clausula que menciona el articulo LAU 21.4

He revisado dicho articulo y menciona que si se demuestra que la avería no es por el uso habitual de la vivienda, correrá a cargo del arrendador.

Entiendo que la lavadora se ha estropeado por el uso habitual, pero entiendo que por el poco tiempo que llevo viviendo, ¿debería de pagarla el arrendador no?

2 respuestas

Respuesta
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Depende de las cláusulas que figuren en el contrato, de lo que se haya pactado. ¿El piso, se alquiló con muebles y electrodomésticos? Si fuese así, en principio le corresponde al arrendador arreglarla (entendiendo que en el inventario del piso figuraba la lavadora).

Gracias por su respuesta,

El piso lo alquilamos amueblado (muebles y electrodomésticos)

Hay una cláusula en el contrato que dice:

La parte arrendataria asume:

......

3ª. Los gastos de mantenimiento y reparación que en su caso hubieran de efectuarse en la totalidad de los servicios e instalaciones de la vivienda, cuando se trate de pequeñas reparaciones exigidas por el desgaste debido al uso ordinario de la vivienda (tales como aparatos electrodomésticos y semejantes, frigorífico, lavaplatos, cocina, etc.) tal y como señala el artículo 21.4 de la L.A.U o bien el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable a la parte arrendataria, tal y como establece el articulo 21.1 de la L.A.U

Sí, en principio por lo que usted dice debería asumirlo el arrendador. Es posible que el arrendador le argumente que se ha averiado por el uso con lo cual el tema va a tener difícil solución.

Respuesta

No doy crédito a lo que leo ambos estáis mencionando todo el rato el artículo 21 4 y sin embargo y el propio clausulado del contrato y sin embargo ninguno habéis mencionado el importe de la reparación que en este caso es el kit de la cuestión ya que ese artículo de la LAU y la cláusula que has transcrito lo que dicen es que las pequeñas reparaciones serán por cuenta del inquilino...

Así que lo que procede es avisar al técnico y si la reparación es de hasta 140 a 150 € la paga el inquilino y si es superior o hay que cambiar la lavadora la paga el dueño. Siempre que el técnico no diga que ha habido mal uso en cuyo caso la paga el inquilino sea cual sea el importe

Y si, ya sé que el inquilino lleva poco tiempo en esta vivienda... pero también puede suceder que a los 15 días de marcharse haya otra reparación que la sufra el siguiente inquilino.

Así es la ley no se pueden estrenar electrodomésticos en cada cambio de inquilino

Dónde arriba pone kit de la cuestión quise decir quid de la cuestión lo que pasa es que le dicté al teléfono y a veces mete la pata

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