¿Puede el presidente poner dos sombrillas?

Mi comunidad es una parcela de tres bloques de pisos, ajardinada con una piscina central. En el año 2013 se acordó instalar unas sombrillas, el presidente colocó 5 sombrillas y todo bien. El caso es que el presidente ha renovado su cargo desde entonces y en julio de 2015 puso dos sobrillas más por su cuenta dejándose 200 eur, sin que la junta de propietarios le autorizara a estas nuevas dos sombrillas, dos años después con dos juntas ordinarias de por medio. ¿Puede agarrarse al acta el 2013? Según él, con ese acta puede poner todas las ombrillas que estime oportuno. ¿Las ordenes del acta son para el añoa al que pertenece?

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Ese el problema de no reflejar correctamente los acuerdos adoptados en el acta.

Si se acuerda autorizar al Presidente a poner unas sombrillas en 2013, sin especificar cantidad, pues puede poner desde 1 a 200, por decir algo.

Entiendo que se tenia que haber acordado autorizar a poner X sombrillas y punto.

De todas formas, podría haberse esperando a la reunión anual y haber expuesto a la comunidad si os parecía bien poner nuevas sombrillas.

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