No contestar al Instituto Nacional de Estadística

Me han llamado del Instituto Nacional de Estadística para hacerme una encuesta, les he dicho que no podía contestar porque en mi trabajo no me dejan hablar por teléfono, y me han dicho que es obligatorio contestar.
Les he dicho que me llamen a partir de las 22 horas, que es cuando puedo atenderles, y me han contestado que no trabajan en ese horario.
Después de la conversación me cuestiono una serie de dudas que agradecería me contestaran:
¿Puedo contestarles por correo electrónico?
¿Tengo alguna compensación económica o de otro tipo por realizar estas encuestas?
Si no pueden realizarme estas encuestas por teléfono... ¿Existe la posibilidad de que me borren de su base de datos y puedan llamar a otra persona?

4 Respuestas

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Personalmente, dudo que el INE realice encuestas por teléfono.

¿Cómo sabe usted que la persona que llamó pertenecía, en efecto, al INE?

La Ley de la Función Estadística Pública, en su artículo 12, establece que:

"La información se solicitará siempre directamente a las personas o entidades que proceda, ya sea mediante correo, visita personal de agentes debidamente acreditados o cualquier otro modo que asegure la comunicación directa de aquéllos con los servicios estadísticos o sus agentes."

Debe garantizarse que exista la certeza de que usted está dando los datos al INE (de otro modo, cualquiera podría realizar la encuesta que se le antojara, alegando que es obligatorio responder por tratarse del INE).

Si realmente se trata de una encuesta del obligatoria del INE, podría usted ser sancionad@ si no responde. En cuanto a la forma de responder, el artículo mencionado indica:

"La información requerida podrá facilitarse por escrito, mediante soportes magnéticos o usando otros procedimientos que permitan su tratamiento informático, siempre de acuerdo con lo previsto en las normas que regulen cada estadística en particular."

Esto, de nuevo, plantea dudas sobre si la llamada procedía realmente del INE, puesto que no contempla el teléfono como medio para responder.

En cuanto a compensación económica, el mismo artículo dice:

"Los gastos ocasionados a los informantes por los envíos y comunicaciones a que dé lugar la realización de estadísticas para fines estatales, se sufragarán con cargo a los presupuestos de los servicios estadísticos."

Por tanto, podría reclamar los gastos ocasionados por el envío de las respuestas. Pero no se compensa el tiempo invertido en responder.

Si fuera realmente del INE, sí podría ser obligatorio responder (y sancionable si no se responde), puesto que así lo estipula el artículo 11:

"Cuando los servicios estadísticos soliciten datos, deberán proporcionar a los interesados información suficiente sobre la naturaleza, características y finalidad de la estadística, advirtiéndoseles, además, de si es o no obligatoria la colaboración, de la protección que les dispensa el secreto estadístico, y de las sanciones en que, en su caso, puedan incurrir por no colaborar o por facilitar datos falsos, inexactos, incompletos o fuera de plazo."

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Ni caso, no estas obligado/a, y en el caso que estuvieras obligado/a tendrían que adaptarse a tus horarios no tu al de ellos, como antes te dije, ni caso

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Resulta extraño que el INE le llame por teléfono para hacerle una encuesta y más que diga que es obligatorio contestar. Lo más probable sea que usted se haya adherido a alguna empresa de Estudios de mercado para la realización de esas encuestas, las cuales en principio no son de obligado cumplimiento.

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Es sumamente extraño, yo jamás doy información por teléfono aun cuando me diga que es el Jefe del Estado y me amenacen que es un delito de lesa humanidad no colaborar. Esto último es broma.

En primer lugar, lo que deberá hacer, como yo siempre hago ante esto, es como le dice Olivaero pase totalmente del tema, o si bien le pica la curiosidad llame al INE para que le se lo confirmen o desmientan.

Hasta que no se comprueba la veracidad de algo, NI AGUA.

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