¿En las Querellas se tiene que poner las penas pretendidas por el querellante?
Cuando redacto la Querella y hago la clasificación jurídico-penal de los hechos, exponiendo los tipos delictivos que creo que dan lugar, ¿tengo qué poner también las penas que corresponden y hacer una petición sobre ellas? Por ejemplo, para el Delito de amenazas el art. 169, 1º, el CP prevé una pena de prisión de 1 a 5 años. En este caso, ¿me limito a decir literalmente lo que señala el artículo, no hace falta que lo diga o incluso puedo ir más allá y decir que solicitamos 4 años de prisión?
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Respuesta de Juan Carlos Grisolía
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