Por ley no pueden durar menos de 30 días naturales. En muchos convenios se fijan más vacaciones o se fijan en días laborales, lo cual suele resultar más beneficioso para los trabajadores, dependiendo del sector.
Corresponden este periodo de vacaciones a los trabajadores que trabajan toda el año, por lo que muchas veces el trabajador que disfruta de los 30 días en verano, está disfrutando parte de las vacaciones que corresponden al periodo que trabajará desde verano hasta el 31 de diciembre.
En el caso de haber trabajado menos de un año, se tiene derecho a la parte proporcional al tiempo trabajado, salvo que el Convenio Colectivo diga otra cosa. Por lo general se tiene derecho a 2.5 días de vacaciones por cada mes trabajado.
Las vacaciones tienen que fijarse por acuerdo entre el trabajador y el empresario, por lo que no pueden ser libremente fijadas ni por el uno ni por el otro.
Las vacaciones se tienen que disfrutar, salvo que el Convenio Colectivo diga lo contrario, dentro del año en el que se generan, y se pierden si no se han disfrutado.