Estimada Paola,
La Ley de Memoria Histórica, que permitía la transmisión de la nacionalidad española de abuelos a nietos, ya no se encuentra vigente. El plazo de solicitud de nacionalidad española por esa vía se encuentra cerrado desde el año 2012.
Ahora bien, si el padre o madre de la persona extranjera tienen nacionalidad española, entonces se podrá pedir un permiso de residencia por arraigo familiar. A partir del primer año de residencia en España podrá solicitar la nacionalidad española (como hijo de ciudadano español).
Para más información puede consultar el siguiente enlace:
Arraigo familiar: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/autorizacion-circunstancias-expecionales-arraigo/arraigo-familiar
Asimismo, existen diferentes opciones para obtener un permiso de residencia en España.
- Residencia por inversión: Los extranjeros que se propongan entrar o residir, o que ya residan, en España verán facilitada su entrada y permanencia en territorio español por razones de interés económico de acuerdo con lo establecido en esta Sección, en aquellos supuestos en los que acrediten ser:
- Residencia para inversores:
- Con esta categoría se obtiene una visa llamada Golden Visa para residir al menos 1 año, que podrá ser renovada, pueden solicitarla aquellos inversores que realicen una inversión de más de 500000 € en España.
- http://www.tolentinoabogados.com/js3/index.php/es/informacion/202-residencia-para-inversores
- Residencia para emprendedores:
- Personas que vayan a crear una empresa en España, esta residencia permite residir y trabajar en todo el territorio nacional, para ello deberán cumplir ciertos requisitos.
- http://www.tolentinoabogados.com/js3/index.php/es/informacion/201-residencia-para-emprendedores
- Residencia para investigadores:
- Su objetivo es facilitar la entrada en España de extranjeros de fuera de la UE que deseen realizar actividades de formación e investigación, tanto en el ámbito público como en el privado. Esta visa está dirigida a: Investigadores, personal científico y técnico, profesores.
- http://www.tolentinoabogados.com/js3/index.php/es/informacion/204-residencia-para-investigadores-i-d
- Residencia por traslado intraempresarial:
- Esta visa pretende facilitar los desplazamientos de extranjeros a España en el marco de una relación laboral, profesional o de formación profesional con una empresa o grupo de empresas establecidas en España u otro país.
- http://www.tolentinoabogados.com/js3/index.php/es/informacion/205-residencia-por-traslado-intraempresarial
- Residencia no laboral o no lucrativa:
- Todas las personas nacionales de países no comunitarios que deseen residir en España sin ejercer una actividad laboral, deben solicitar una autorización y un visado para residencia no lucrativa. Dicha residencia sólo será otorgada si la persona solicitante tiene medios suficientes para sobrevivir en España.
- http://www.tolentinoabogados.com/js3/index.php/es/residencia-no-laboral
Por otra parte, en cuanto a la adquisición de nacionalidad española, en general, los ciudadanos de países de América Latina deben residir dos años en España para poder solicitar la nacionalidad española (salvo que estén casados con un ciudadano español, o tengan padres o hijos menores de edad españoles; en cuyo caso el plazo se reduce a un año).
Nacionalidad española: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/nacionalidad
Nacionalidad por residencia: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/informacion/131-nacionalidad-por-residencia