Te puedo contestar según mi experiencia como arquitecto, quizá un abogado pueda añadir o matizar las implicaciones legales del asunto.
La primera cuestión es que la construcción de muros de cerramiento de parcela está sujeta a licencia urbanística, habitualmente una licencia de obra menor. Los servicios urbanísticos realizan un acto de control, por lo que una vez concedida, tienes una seguridad de que el muro cumple con la normativa. Por ejemplo, si existen condiciones estéticas en cuanto a materiales admitidos, se ha controlado que el muro lo cumple. Por tanto, si tienes licencia concedida y el muro se ha hecho conforme a ella, el vecino no puede decir nada.
Otro caso distinto es que se hubiera construido sin licencia. En principio, si cumple las condiciones de la normativa urbanística municipal no sería obligatorio, pero también, al ser una obra ilegal, el vecino podría poner una denuncia en el Ayuntamiento, que tendría que intervenir a instancia de parte.
También habría que ver qué aspecto tiene el muro, por las condiciones de ornato y decoro, pero veo difícil que llegara a tener consecuencias jurídicas.
Los pilotes que comentas si es cierto que son un elemento común, pero no me queda claro si los has retirado, o se han quedado embebidos. En cualquier caso, un abogado podrá aclarar mejor las consecuencias.
De todas formas, si consideras que lo mejor es una salida negociada, realizando el enlucido, conviene que quede constancia de que el muro queda en tu parcla, y que sobre ese muro no puede apoyar elementos constructivos, anclar cosas, alterarlo, etc.