La pareja de hecho está asimilada al matrimonio en casi todas las leyes; pero no en todas y nunca jamás en los asuntos relativos a la herencia, que exige un matrimonio para la existencia de un viudo-a.
Todas las dudas que tiene usted se refieren a una sucesión sin testamento. Por lo tanto, yo les sugeriría a ambos que otorgasen el testamento que mejor se acomode a su voluntad post morten, para tener en cuenta a la pareja. Si cualquiera muere sin testamento, el otro componente tiene que ver con su herencia lo mismo que el vecino de enfrente: nada. La hija hereda el 100% y puede echar cuando quiera a quien esté en su flamante nueva casa; y así con todo lo que compone la masa hereditaria.
Es cierto que el viudo-a no tiene derecho, en caso de falta de testamento, más que a un tercio del usufructo de la propiedad del cónyuge; pero por vía testamentaria, el matrimonio dispone de mecanismos para preservar a sus componentes de cualquier desahucio futuro. Con ello no quiero decir que estar casado sea mejor o peor que ser pareja, sino que el enfoque sucesorio en uno y otro caso es totalmente distinto.