CAMPANA ROTA! Tengo 3 dudas, una técnica, otra legal y otra de servicio
A los 3 meses de entrar a vivir, el inquilino me dice que la campana de la noche a la mañana le dejó de funcionar (literalmente). Adelanto que no tengo la garantía de la casa.
PREGUNTAS: Esto corre por mi cuenta, cuando yo entregué el piso, la campana iba perfectamente y es bastante nueva (menos de 2 años) Cuánto tiempo máximo debe pasar para reportar un inquilino, ¿un daño en un electrodoméstico?
Por otro lado quisiera saber si puede ser un problema de potencia, al alquilar el piso la tenía a la mínima, ya que estaba vacío; el inquilino NO la aumentó; si ellos han tomado ese riesgo, ¿sigue siendo mía la responsabilidad si se quemó el motor por esta causa? La administradora que me lleva el alquiler, dice que el técnico ha dicho que el motor no da tensión, ¿esto qué quiere decir? ¿La causa puede ser la baja potencia?
Por otra parte, como mencioné anteriormente, el alquiler me lo lleva una administradora que envió un técnico que cobra €85 más IVA, es decir €102,85 SOLO LA REVISIÓN (que duró no más de 40 minutos, según la inquilina) y una campana nueva €340 más IVA. Luego de reclamarles pq me parece abusivo, me dicen que me bajan a €75 la reparación y €315 la campana. ¿Es esto legal? ¿No hay límites para estos valores?
Según ellos el técnico dice que el motor no da tensión y por otro lado la inquilina dice que el técnico se llevó una pieza para repararla... Al comentarles esto, me dicen que la pieza no se encontró. No concuerdan las versiones.
Espero que me puedan ayudar con estas dudas para no ser timada por ninguna de las partes, pq a veces parece que la administradora no vela por mis intereses... Sé lo que la ley dice sobre pequeños y grandes arreglos, pero es muy escueto; además mi caso es un poco diferente, con matices que hay que tomar en cuenta.