Reducción de Jornada por Guarda Legal de Familiar.

Durante los dos primeros años se complementan las prestaciones al 100%, pero si se vuelve a la jornada completa, y se vuelve iniciar la reducción de jornada ¿Se vuelve a complementar?

No encontré nada acerca de ello.

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Siempre que la reducción de jornada sea por guarda legal, la prestación es al 100% independientemente que sea la primera o la segunda reducción de jornada que solicita.

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Ojo, sólo determinadas prestaciones, no todas.

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