La Agencia Tributaria de Madrid me reclama multas de tráfico

Desde hace varios años he ido acumulando multas de tráfico, la mayoría por aparcamiento sin el ticket, hasta que hoy he recibido notificación de la AT de Madrid en la que me dicen que saben que tengo ingresos y que se van a poner en contacto con mi pagador para proceder al embargo de los mismos a menos que pague en 10 días. La deuda asciende a casi 4.000€ (mea culpa) ¿Puedo negociar con la AT para pagarla a plazos? ¿Cuánto me pueden embargar de la nómina... Todo?

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Respondo a mi propia pregunta por vía de la experiencia. La Agencia Tributaria en este caso de Madrid puede embargar nóminas, cuentas, etc. ante el impago de multas de tráfico no recurridas en su momento, como por ejemplo las multas por radar en las vías que sean de su competencia así como en la cuestión del SER. La única opción es la del fraccionamiento de la deuda que en todo caso debe ser autorizado en función de las circunstancias personales por los servicios del Ayuntamiento. No hay quitas ni perdón posible. Se pagan todas sí o sí. Por eso siempre que se pueda conviene recurrirlas en plazo.

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Si efectivamente ha recibido un requerimiento de pago de la AEAT, debería contestar solicitando un fraccionamiento de la deuda, digo esto porque no me parece la forma habitual de proceder, ¿No le habrá escrito una empresa de las que compran deudas e intentan recobrarlas? Tenga en cuenta que alguna de esas multas puede estar prescrita.

Pueden embargarle su nomina respetando los mínimos inembargables

Hola, gracias por su interés. No es la AEAT sino la AT de la Comunidad de Madrid (adjunto la carta que va hunto con la relación de multas pendientes) A mí me parece demasiado amenazante... pero ya no sé qué pensar.

A la vista del documento parece una cosa oficial, sin embargo el tono no deja de ser poco administrativo, es curioso porque no lleva firma alguna e incurre en contradicción por una parte dice (sic) SE DISPONE EL EMBARGO ... y luego A MENOS QUE ...

Por si le sirve de orientación si tuviera vd una retribución de 2000€/mes le podrían embargar 544,80 durante 7 meses y 186,40 el octavo mes

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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Efectivamente, como usted no ha pagado, ahora las sanciones están en vía ejecutiva. Puede intentar un fraccionamiento, pero si no paga o no fracciona le pueden embargar la nomina, cuentas bancarias, bienes. etc...

El Salario Mínimo Interprofesional no se puede embargar, del resto, hay unas tablas...

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