Siendo NO residente en 2016, debo hacer modelo 720 en 2017 al volver a España a finales de 2016?
Ahora soy no residente, pero si vuelvo a España este año (más de 183 días fuera de España), el año que viene, 2017, ¿tengo qué hacer el modelo 720 de bienes en el extranjero? O al no ser residente en 2016, ¿el modelo 720 lo tendré que hacer en 2018 sobre el ejercicio del 2017 que ya sere residente español de nuevo?
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Respuesta de Abogados Edo
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