Junta extraordinaria. Si hemos convocado correctamente
Este sábado el 25 por ciento de propietarios hemos convocado Junta extraordinaria para arreglar falsedades que hubo en acta anterior
La primera es la presidencia. El secretario anuló votos de dos propietarios alegando que no se dieron las delegaciones al principio reunión. Indicar que esos propietariosestuvieron presentes en reunion pero se alargó mucho y pidieron permiso para ausentarse y dar delegación votos y todos dijimos que sí. El problema es que los votos me los dieron a mi y anulando votos el secretario conseguía que su mujer fuera presidenta
El segundo la elección empresa de jardín. No salió su empresa, ya que el secretario se adjudica cada año los trabajos para hacerlos su empresa. Pero esta vez no consiguió la doble mayoría pero en la previsión de gastos que recibimos con el acta vimos que seguía poniendo en los gastos de jardín su importe y nos lo cobra igualmente, cosa que creemos que no debe hacer porque su presupuesto no fue aceptado y encima no hay ningún contrato firmado
Por todo esto queremos hacer Junta para volver a votar esos puntos e intentar que no se falsee y si no llegamos a la doble mayoría poder ir a juicio equidad
Podemos convocar el 25 por ciento la Junta, ¿verdad? ¿Podemos volver a votar esos puntos?
Si vamos a juicio de equipado, ¿cómo lo tenemos que hacer? ¿Es necesario abogado?