¿El error del cartero puede servir para una alegación?

El cartero dió por desconocido mi domicilio, así que el Ayuntamiento publicó en boletín la notificación que me enviaba, por lo tanto el plazo de prescripción se ha aplazado. Si hubiera notificado en su fecha, el embargo que ahora se produce ya estaría prescrito.

¿Podría valer este motivo para presentar una alegación contra dicho embargo?

1 respuesta

Respuesta

Tendría que impugnar, por nulidad de actuaciones, esa supuesta notificación que interrumpe el plazo de prescripción.

¿Sería nula la actuación del cartero y la del Ayuntamiento?

Eso es lo que tendrá vd que alegar y demostrar.

¡Gracias! 

Si la Administración hace un intento de embargo y no obtiene el dinero ¿su actuación ha interrumpido el plazo de prescripción?, y a su vez ¿ha de notificarlo?.

Toda actuación de la Administración que llegue a su conocimiento, o vd rechace el intento de notificar, interrumpe la prescripción, no se si es su caso pero le vendría bien leer esto:

BUROFAX Y NOTIFICACION FEHACIENTE

¡Gracias! 

Hola.

Al final han considerado que había prescrito y me reconocen el derecho al reintegro de la cantidad indebidamente embargada.

¿He de hacer algo al respecto? Ya han pasado varias semanas.

Gracias.

Debería hacer un escrito soliictando ese reintegro, con intereses de demora.

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