Me gustaría saber, que % aplica Hacienda en la declaración de IRPF, en la venta de finca rústica en Andalucía al año de heredar.

Deseo vender una finca rústica en Sevilla, recibida en herencia en noviembre de 2015, y cuyas escrituras de aceptación de herencia son de fecha 26 de abril de 2016. Me gustaría saber, que porcentaje se aplicaría por incremento de patrimonio en la declaración de IRPF al año siguiente de la venta, si la finca se vende dentro del año del fallecimiento de mi progenitor, del segundo año, o si el valor es el mismo siempre, aunque sea dentro del primer año del fallecimiento o aceptación de herencia.

Respuesta
1

Desde el 2015 el porcentaje es el mismo si vende antes o después de 1 año, ya que lo incluirás en tu declaración de la renta en la parte del ahorro

Hasta               6.000,00   19,00

Los siguientes 44.000,00 21,00

En adelante (a partir de 50.000 euros) 23,00

Soy asesor fiscal y economista, si necesitas ayuda profesional por favor, no dudes en ponerte en contacto conmigo en el siguiente email: [email protected]

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