¿IVA en alquiler de lonja para jóvenes que no son una asociación?

Mi hijo y sus amigos quieren alquilar un local en una zona poco comercial para pasar el rato. Ya se sabe, lo típico de un local para jóvenes, tener sus consolas, sofás, televisiones y que no anden por la calle. Me voy a hacer responsable del contrato de alquiler y me han dicho que si no son una asociación no tienen que pagar IVA en el alquiler, ni tampoco hacer las retenciones. Lo que he encontrado al respecto en internet es que sí lleva IVA, pero también me ha dicho mi hijo que otros chavales que conoce no pagan IVA en el alquiler de su lonja, incluso teniendo contrato por escrito. Y que yo sepa, lo único que no llega IVA es la vivienda siempre que sea vivienda habitual para el inquilino. A ver si alguno me puede informar.

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Ángel, no tiene nada que ver fiscalmente con el arrendamiento de una vivienda. En este caso el alquiler estaría sujeto a IVA e IRPF (el arrendador), aunque usted no tendría por qué retener este último impuesto por ser un particular sin actividad económica.

Hola.

Gracias por contestar. Entonces resumiendo:

Yo pago el alquiler mensual del local de los chavales, incluyendo el 21% de IVA y sin hacer la retención porque no una actividad comercial.

Creo que es así, ¿cierto?

Un saludo y muchas gracias.

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