Una incapacidad total supone, valga la redundancia, la incapacidad para poder trabajar, por eso el contrato que tenías con la empresa se extingue. No es que ellos te echen, es que ya no puedes realizar más tus funciones.
Como la incapacidad a día de hoy se considera revisable, el puesto sigue siendo tuyo, se suele contratar a otra persona para que te sustituya, en teoría, hasta que se determine si efectivamente vas a poder reincorporarte o no.
Que tengas reserva a ese puesto no supone ningún vínculo con la empresa, más haya que si te recuperas podrás solicitar la reincorporación.
Si la empresa decidiera suprimir tu puesto, en de contratar a otra persona, por ejemplo, no tendrías derecho a reincorporación, perderías el trabajo como se expone en la pregunta.
Una incapacidad total es en principio incompatible con el trabajo, por eso no se pueden dar las dos cosas al mismo tiempo.
Existen excepciones, pero habría que tener más datos sobre el supuesto en concreto.