El juzgado me reclama una deuda de 425€ del año 2001-2002 a "finconsum"

Me han notificado hoy mismo del Juzgado que me reclaman dicha deuda. Tengo 20 días hábiles, bien para pagar o bien para alegar que no debo tal cantidad.
Yo ni recuerdo ya si lo debo o no. Recuerdo el préstamo, pero sinceramente me reclaman 200€ (+ intereses) que yo ni recuerdo si deje de pagar o no...
Mi pregunta es: Después de tantos años, ¿la deuda ha prescrito? Y por lo tanto, ¿puedo alegar tal cosa?

P.d: La deuda no me la reclama Finconsum. Me la reclama una empresa de éstas que "compra deudas"...

1 respuesta

Respuesta

Si se lo han reclamado por juicio monitorio responda oponiéndose a la deuda por prescripción extintiva, si no lo hace así lo siguiente será el embargo de su cuenta.

EL PROCESO MONITORIO

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