Reclamación por vicios ocultos en una compraventa

Hace unos 2 meses realice un compra de una vivienda a través de una inmobiliaria a un particular.

Se hizo contrato de arras yo pague mi parte y el vendedor la otra, mientras estaba negociando con el banco el vendedor decido llevarse todos los muebles y en el anuncio ponía parcialmente amueblado, pero decidimos seguir adelante ya que no nos importaban muchos los muebles.

El problema salio a la semanas resulta que no funciona la caldeara por lo tanto no hay agua caliente y las tuberías de agua de la casa están corroídas y sale agua debajo del parquet. La inmobiliaria se lava las manos y dice que no conocía que la casa estuviese en ese estado. Pero yo se que tenia conocimiento porque las primeras semanas decía que no tenia llave para abrir la habitación donde se encontraba la caldera.

Por lo tanto quiero hacer desistimiento del contrato y me surge algunas dudas.

¿Puedo solicitar indemnización por los daños y perjuicios? Nosotros hemos pintado la casa y comprado electrodomésticos, horas de trabajo perdidas, muebles y pagado alquiler en otro piso. ¿Estarían incluidos en al indemnización?

¿Me devolverían los 15.000€ que cuesta firmar las escrituras de la casa?

¿Cómo tengo que proceder para hacer el desistimiento del contrato?

2 respuestas

Respuesta
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Lo que plantea excede de los límites de este consultorio, desde luego no puede desistir de un contrato que ya está perfeccionado.

Necesita acudir, además con urgencia, a un abogado experto en estas materias. Digo lo de la urgencia porque mientras mas tiempo transcurra más dificil será que prospere su reclamación bien de resolución de la compraventa, bien de subsanación de los defectos apreciados en la cosa comprada, en ambos casos con indemnización de los daños y perjuicios que pueda demostrar. Tenga en cuenta que a los seis meses se extingue la posibilidad de reclamar por vicios ocultos

Le recomiendo lea esto:

¿Cómo elegir abogado?

Respuesta

Ustedes deben ponerse en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y les ayude con las posibles reclamaciones, normalmente judiciales.

Si usted ya ha firmado la compra ante un notario, será todo más complicado... y normalmente en este tipo de compras, se pone que usted conoce el inmueble y se vende como cuerpo cierto, es decir, como esta.

La inmobiliaria en un mero intermediario, que en muchos casos solo mira por sus propios intereses (la comisión).

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