IVA en servicios a países terceros

Yo presto servicio a una empresa Sudafricana desde España. Parte de esos servicios son indicar que documentos para importar en la EU, revisarlos y asesorarlos para que su importación no tenga problemas. Además como son productos pesqueros yo le hago el marketing del producto. Luego cuando el producto llega a España estoy durante la descarga y pesadas del producto para comprobar que todo esta bien. Mi pregunta es: Hasta ahora nunca les he facturado IVA pero me han dicho que a lo mejor no lo estoy haciendo bien ya que parte del servicio es en España. ¿Alguna opinión

2 Respuestas

Respuesta

Al tratarse de servicios prestados en España parece claro que están sujetos a la repercusión del IVA.

Respuesta

Es posible que tengas que aplicar la clausula de cierre en el IVA, te explico: los sujetos pasivos del IVA siempre deben tener en cuenta el destino que sus clientes no comunitarios dan a los servicios que les prestan puesto que dichos servicios estarán sujetos al IVA en España si se explotan o utilizan en territorio del IVA español, siendo obligatoria la repercusión de las cuotas del Impuesto. Salvo que el cliente en cuestión se encuentre en algunos de los países con los que existe reciprocidad de trato en relación con las devoluciones de las cuotas del IVA soportado, esas cuotas del IVA se convertirán en un coste adicional del servicio. Al ser el tipo general del IVA del 21%, este coste adicional puede tener un importante impacto negativo en el resultado final de la operación.

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