Fiscalidad Sucesión Explotación agraria Andalucía

Mi madre ha fallecido y entre otras cosas disponía de una pequeña tierra destinada a explotación agrícola y algo de dinero en efectivo obtenido fundamentalmente con el rendimiento de estas tierras. La ley en Andalucía habla de q el impuesto de Sucesiones para estos casos de explotación agraria está exento en un 95%-99%... ¿mi pregunta es... Podríamos considerar el dinero igualmente afecto a la explotación agraria y por tanto también podría estar bonificado? Se entiende q es un dinero que proviene del rendimiento agrícola y q va a ser empleado igualmente o invertido en el terreno...

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Por lo que yo puedo saber lo que tiene una reducción del 99% en el impuesto de sucesiones es la adquisición mortis causa del patrimonio empresarial de fallecido, siempre que se cumplan los demás requisitos, por lo tanto si se puede demostrar que ese dinero forma parte del patrimonio emprsarial heredado pordía acogerse a la reducción.

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