Nocturnidad como Conserje con convenio de Colegios Mayores
Trabajo como conserje desde hace un tiempo en un Colegio mayor, nos regimos por el convenio colectivo nacional de Colegios Mayores Universitarios. Tenemos turnos rotativos, mañanas tardes y noches... En nuestro convenio no se especifica si nos corresponde cobrar nocturnidad ni festivos. Me gustaria saber si tenemos derecho o no a solicitar a la empresa estas dos cosas. Hablando con ellos nos dicen que al no estar especificado en el convenio significa que no tenemos derecho... ¿Es asi?
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