Cuando obtengo un derecho adquirido

Desde marzo de este año me trasladaron a una instalación donde trabajaba desde las 16:30 a 22:00. Ahora por motivos de fuerza mayor donde trabajo se termina el servicio y quiero saber si tengo un derecho adquirido. Como debo hacer uso de el si lo tengo para que mi empresa me envíe a otra instalación con el mismo horario.

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No creo que podamos hablar de un derecho adquirido en tu caso, pero, independientemente de eso, la modificación de jornada no es una decisión que la empresa pueda tomar de manera unilateral sin comunicación previa y motivos tasados. En función de la envergadura del cambio se podría actuar de una u otra manera. De todas formas, no existe buena solución ante estos casos, porque a lo sumo se podrá solicitar la extinción del contrato de trabajo, con derecho a indemnización, y no suele interesar en casos como el que se expone. La restitución a las condiciones anteriores cuando la empresa se ha visto obligada al cambio no suele ser viable.

Si realmente en la nueva situación se puede mantener la distribución de jornada que se venía realizando, a lo sumo, se podría negociar con la empresa.

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