Motivos razonables denegación concreción horaria guarda legal
Y feliz año nuevo.
Trabajo como dependienta en una tienda sita en un centro comercial con horario de 10 a 22. Junto a mi trabajan una trabajadora a 30 horas semanales con horario de 10 a 15 y un trabajador a 30 horas sin concreción horaria. Pertenezco al convenio del metal de Valencia.
Solicité una reducción por guarda legal a 24 horas con horario de 10 a 14 el cual me fue denegado alegando motivos de organización (no hay personal para cubrir las horas que la tienda está abierta) y además razones de ventas ya que alegan que por las tardes hay más volumen de trabajo, cosa que es dudosa ya que por el tipo de centro comercial el volumen de ventas es similar o incluso mayor por las mañanas.
Recibiendo esta respuesta y entendiendo los motivos de la denegación procedí a solicitar un horario de 24h de 13 a 17 en el cual la tienda sí estaría cubierta (10 - 15 / 13 - 17 / 17 - 22) recibiendo de nuevo una respuesta negativa.
Quiero llevar más allá ésta denegación ya que es la única manera en la que poder conciliar mi vida familiar y laboral pero me gustaría saber su opinión sobre si los motivos que alega la empresa son razonables para denegarme esta concreción horaria de 13 a 17 h.
¿Cómo lo ven ustedes?
Por otro lado, ¿qué obligación tiene una persona en reducción por guarda legal a realizar horas extraordinarias o complementarias? La tienda está realmente falta de personal, no sé qué sucederá cuando algún trabajador este de vacaciones.