Presenté queja denuncia en colegio oficial procuradores.

Presenté denuncia queja contra un procurador de los tribunales en su colegio oficial de procuradores, de esto have ya medio año. Y ayer recibí carta del juzgado de paz para recoger exorto civil y que si no fuera a recoger depararía en cualquier derecho a tener. Mi pregunta es: ¿Será del asunto de la queja denuncia?

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Respuesta
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No.

De la queja te tiene que responder el Colegio que tiene la potestad disciplinaria

Será de otra cosa que tienes en el Juzgado, como demandado, denunciado, testigo, perito, etc

Pues  ya se de que va a ser, tengo un local en arrendamiento en la actualidad con bankia ya que se adjudicó el inmueble por embargo al anterior dueño, yo estaba abonando 515,17eur. Mes y, a los dos años de la nueva situación y que hasta entónces nunca me enviaron fra. y que yo hacía el mismo pago en una cuenta de bankia, al llamarles para si podían bajarel importe de la renta, me contestan que en los arrendamientos que hay deuda no es posible rebajar.. Y al pregunatrles que deuda ´había, me dicen que según el contrato con el dueño eran 510,92 eur.  mas iva. Entonces  la diferencia ( el iva se les adeuda ) pero es que además ellos ( bankia) en al menos 2-3 años nunca me enviaron fras mensuales. Luego también, desde 2001 hasta 2011 que fue embargado el local por bankia, siempre pagué las rentas mensuales mediante cheque cruzado e importe 515,17€. Y ahora creo que voy a estar un poco jodidíllo.  Aunque  tengo pensado recurrir que la diferencia de ivas es porque nuca me enviaron fras, que no sabía nada y que yo siempre he abonado desde el principio 515,17e. Joé.. pues vaya, quería pensar que sería la respuesta del colegio de procuradores que me respondían a mi denuncia queja por medio del juzgado. No se si asociarme a legalitas, hace un tiémpo casi estuve a punto.. Pero es que creo que tengo las de perder.  Gracias por tu atención

A ver que cantidad te están reclamando y ten en cuenta el IVA y la retención.

Si es más puedes consignar por lo que crees y entiendes que debes y oponerte por el resto

Cuando recojas la documentación ve a un abogado y que revise bien.

Y lo de Legalitas ... mejor no hablo

Hola de nuevo, por que debo tener en cuenta el iva y las retenciones ? Eloos hace un tiempo cuando empezaron a enviarme fra. adjuntamente me enviaron un doc. de hacda. madrid que indicaba que estabn exentos de realizar retenciones como queriendo decir que es añadir iva solamente. Pero el argumento que yo quiero creer que me serviría para la primera respuesta a la reclamación es argumentar con documentación bancaria como siempre se abonó 515,17 eur. que en el contrato fechado 2001 pone 510 y pico más iva pero que por acuerdo verbal se quedó en 515,17 uer. mes . No se como me pintará esto, gracias de nuevo, 

Consúltalo con un abogado que mire las opciones de oponerse y que haya juicio o inclusive negociar y documentar por escrito el acuerdo verbal que dices que seguramente será indemostrable

Buenos días Huecha, estoy pensando que quizás si lo que van a reclamar principalmente los picos mensuales de 110 eur. aprox. por los ivas mensuales, responder que no enviaron fras. Hasta hace escasos 6 meses que es cuando he abonado el importe con iva. Que hasta entonces no por este motivo. Luego también pienso que ellos no han actuado bien desde el principio. Quiero decir.. cuando ellos se adjudicaron el inmueble y me hicieron salir del local en apenas 2h. que por ello demandé al procurador porque el procurador junto con el secretario judicial vinieron y me hicieron salir sacando algunas cosas que pude en ese momento y pese a decirles que yo era inquilino desde hace mucho, no me hicieron caso y cambiaron la cerradura con cerrajero que también  vino... cuando volví a entrar tras unos meses, creo que debían haber elaborado algún contrato tipo anexo indicando nuevo titular y con los vtos. Del contrato inicial, pero nada de nada. A la semana aprox. me llamaron para indicarme una cta. donde hacer los pagos y hasta ahora.

Ve a recoger la notificación, y cuando la tengas llévasela a un abogado que te aconsejará

Como la citación para recogerla es el próximo martes o jueves, voy a redactar un escrito y enviarlo mediante burofax con certificación de texto, hoy mismo y haciendo referencia a la última fra. de arrendamiento recibida que viene incrementada expresando mi mal estar por el aumento sin explicación alguna, el no atender a mis llamadas telefónicas con el resp. del dpto. para así poder conversar y dialogar ya que el asunto se está enquistando produciéndome decpción y frustación ya que no hay es posible dialogar sobre ello, demostrando una actitud prepotente e inhumana con las personas y que sigo esperando me llamen para poder conversar e intentar aclarar el problema que ya se ha iniciado hace tiempo y que parece no haber voluntad de colaborar. Cuando bankia en los medios de comunicación hace gala de los inmuebles locales hace lo posible por ayudar a negocios y emprendedores ajustando los precios con descuentos importantes para dichas necesidades comerciales y empresariales...

Hasta no estudiar la demanda, no saber que te piden y en concepto de que, y no consultar con un abogado no hagas nada.

Y menos gastarte 28 € en un burofax que vas a decir cosas que luego van a poder ser usadas en tu contra

Bien,  entendido, así haré. Gracias, muchas gracias de verdad por tu atención y ayuda. Te deseo lo mejor para este nuevo año 2017 que acaba de comenzar. Un saludo y gracias de nuevo.

Anda cierra la pregunta para dar opción a más gente

¡Gracias! 

Buenas Huecha, si era desahucio, reclaman la oarte del iva mensual que no se ha abonado. Y el asunto es que yo abonaba 515,17 contando con iva y la retención que iba a mi cuenta y salía a pagar 515,17e. Pero claro, cuando bania se quedó con el inmueble, me dijeron de abonar ese importe en una cuenta nueva de bankia pero ellos no me enviaron fras. hasta hace 12 meses y ahora me reclaman el iva desde el inicio y tambien en diciembre 2015 por email me envían una carta de hacienda madrid donde dice que bankia esta exento de retenciones..

Un saludo,

Pues manifiestas eso mismo en los 10 días de plazo que te han dado, y a ver que opina el Juez, de quien tiene razón

Me han comentado que al juez le va a dar igual, que el   mira  el contrato, lo que se ha pagado y lo que no y a razón de ello pues... Pero digo yo; cuando embargaron el inmueble a arrendador, a mí nadie me tuvo en cuenta y me hicieren desalojar en a penas casi 2 horas. Tras presentar un gran escrito a la entidad bancaria amenzando de que iba a demandarles por acturar a mala fe ya que ellos si sabían que existía un inquilino, a los meses me dejaron entrar y no jicieron un contrato nuevo recogiendo misma caracteristicas ni nada. En la ejecutoria no se recoge la existencia de inquilino, magíno porque ellos no lo dijeron en el juzgado.

Toda esa información a un abogado para que la estudie, la analice, y la exponga debidamente delante del Juez. Y rápido que se te acaba el plazo

Y si se hace eso,  ello paraliza el lanzamiento ?

Si presentas escrito de oposición, habrá juicio, si te estiman la oposición evidentemente no hay lanzamiento, y si pierdes se sigue adelante con el lanzamiento, que seguramente ya está señalado el día, tanto del juicio como del lanzamiento

El juicio 13-03-17  y para recoger notificación sentencia 22-03-17. Si no realizo oposición lanzamiento 28-02-17 a las 9.30h.

Pues ahí lo tienes todo dicho. Si te opones hay juicio el 13, la sentencia saldrá el 22, solo si ganas la oposición y te dan la razón se suspende el lanzamiento, pero si pierdes la oposición la fecha del lanzamiento ya está señalada

¿

Entonces oponerme es decir que no estoy decuerdo por el motivo por ejemplo de que no eran los pagos que yo hacía al arreendador anterior? ¿Ese podría ser un motivo y luego sería lo que el juez estime?

Pluspetición, que están pidiendo más de lo que efectivamente adeudas. O pago, O desconocimiento que no había que hacer retención ya que la ley obliga a todos ... vamos que el abogado que te lleve el asunto ya verá mejor los motivos de oposición

Y te va corriendo el plazo de 10 días

En este asunto de arrendamiento, sucede lo mismo que en otro tipo de reclamaciones en lo que no puede reclamar mas anterior de cierto tiempo meses o años ?

Me dijeron que al haber un embargo de inmueble como es este caso y con inquilino, el contrato existente queda ( con mis palabras) traspasado al nuevo dueño, pero ellos no lo hicieron constar en el juicio, de lo contrario el juez me hubiera nombrado en los autos, digo yo...

Pero creo que lo más importante es que el tema de los picos mensuales de iva que se adeuda según el dueño (bankia) , yo abonaba retención e iva incluido 515,17eur.  siempre desde el inicio  año 2001. Bankia se hizo con el inmueble en 2011. Y telefónicamente una persona del gabinete Garriguez de Gasteiz-Vitoria, me dijo, usted a partir de ahora ingrese en esta nueva cuenta bancaria que le indico y es titular de bankia.

Y así hice durante siempre, ya sabía que no me enviaban fras pero no me atreví a decirles nada por temor, ya que después de echarme en una hora y media y el procurador y secretario judicial pasaron olimpicamente de mi, aunque en 2016 al procurador le he presentado 6 quejas y al secretario judicial al que no quería de momento meterme con el , este lunes en decanato le presentaré queja por lo sucedido en su día. Presentarse en la mi oficina con procurador y cerrajero y hacerme desalojar a pesar de decirles que yo era arrendatario desde hace años y tal...

Alegas todo eso y a ver que opina el Juez y que resuelve en la Sentencia

Bien, gracias HAchueta. Un saludo

Buenos días Huecha, en este caso de reclamación, sucede como en otros asuntos que puede estar prescrito año 2011-¿2012? ¿O más de un año de antigüedad?

Un saludo,

Alegas también esta circunstancia y a ver que dice el Juez en Sentencia

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