La comunidad ha limitado el acceso a la cubierta del edificio donde estan las cuerdas para tender la ropa.
En una reunión se ha decidido que sólo habrá 2 llaves del terrado, una la tendrá la presidenta que es ilocalizable, está todo el día fuera, y la otra la gestoría que nos lleva las cuentas que está en otra localidad a unos 20 km. ¿És legal? ¿Puedo exigir legalmente una llave para poder ir a tender la ropa?
2 respuestas
Respuesta de PonteVella Administradores
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Respuesta de Isaguiver Mongar