¿Qué prevalece, la fecha en la que firmas la nómina o la fecha real de ingreso de la misma en el banco?

Hace más de 2 años que venimos sufriendo retrasos (de más de 15 días por mes, incluso muchos compañeros con dos meses "y pico" de retraso continuado) en el abono de las nóminas. Ya sabemos que es denunciable pero la pregunta no va por ahí. Nos estamos planteando que, ante una posible denuncia contra la empresa, empezar a hacer, en cada hoja de nómina, una anotación con el día en que se hizo efectivo el ingreso en la cuenta (que, evidentemente siempre es muy posterior al que refleja la nómina) y después firmar. De cara a demandar a la empresa, ¿es necesario hacer esto o bastaría con presentar los extractos del banco en los que figuren las fechas reales de ingreso?. ¿Al firmar que recibo el dinero ( en la nómina) el día 30 del mes estoy invalidando mi argumento de retrasos reiterados o no?.

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