Ley de sucesión en España y partición de herencia

Mi pregunta es muy simple: quisiera conocer como funciona la ley de sucesión en España. Me explico: mi suegro se murió hace dos años y en un acto de donación dejó a mi marido la mitad de una propriedad en Dehesa de Campoamor (AL).
Como mi suegro era inglés redactó el acto de testamento en Londres y no tuvo tiempo de convalidarlo frente de un notario en España.
Mi suegra no ha respectado el acto. Todavía no ha declarado a las autoridaded españolas el fallecimiento de su esposo e incluso quiere vender la propriedad, declarando que le pertenece por entero.
Me imagino que la escritura que hizo mi suegro no valdrá nada sin la enregistración en España pero, si ésto hubiera pasado en Italia (yo soy italiana) a mi marido le habría tocado por ley y por derecho el 75% de la propriedad y a la viuda le tocaría sólo una cuarta parte.
Como creo que en este caso no se puede aplicar la ley inglesa, la partición de la herencia tendría que entrar en las líneas del Derecho de Sucesión español.
¿Hay alguien que pueda contestar a mi pregunta o, por lo menos, informarme cuales páginas WEB consultar?

1 respuesta

Respuesta
Bueno su pregunta no es tan simple. En realidad no es nada simple presenta importantes problemas de Derecho Internacional privado.
En principio la sucesión se rige por la ley nacional del causante con independencia del lugar donde se encuentren los bienes: por tanto la sucesión de su suegro debería regirse por la ley inglesa.
Sin embargo, si su suegra está intentando vender el piso sería necesario tomar medidas para que usted no se quedara sin nada y para ello sería necesario acudir a los Tribunales españoles.
Somos un despacho especializado en herencias, si necesita mi ayuda me puede llamar al 607648981 (preguntar por José Ortiz). Las consultas son gratuitas, si iniciáramos algún trámite le daríamos antes un presupuesto.
Antes de todo, le agradezco de haberme contestado rapidámente. Por lo que concierne los bienes en Inglaterra, todo se solucionó más o menos tranquilamente porque el "probate" (testamento inglés) está tramitado por el notario a la Notaría y a la Oficina Fiscal. Así que mi suegra no pudo oponerse en nada.
La donación de la propriedad en España (como no se ha convalidado) tendría entonces que seguir las líneas del derecho español, así nos asesoró el notario inglés.
De todas manera, si no existiera ese problema de nacionalidad, ¿cómo sería la partición de bienes según la ley española?
Gracias,
Atentamente
Motts
¿Vamos a ver habla de un testamento o de una donación?
Lo siento de no haberme explicado correctamente. Mi suegro redactó un testamento antes del notario en Londres por lo que concernía los bienes económicos y a parte un documento con la donación de la propriedad en España.
Según la ley inglesa la viuda tiene derecho a la herencia sin el pago de impuestos mientras los hijos tienen que pagarlos a menos que no exista un acto de donación. Mi suegro hizo dos en favor de mi marido: uno por los bienes en Inglaterra (que fue convalidado) y otro por la propriedad en España (que no le dio tiempo convalidar y enregistrar en Alicante, porque se murió antes).
Por lo tanto, cuando el asesor fiscal del gobierno declaró acabada la supervisión de los bienes en Inglaterra, mi suegra recibió toda la herencia y, como existía un acto de donación en favor de mi esposo, otorgó a mi marido la parte que le correspondía.
La propriedad en España no fue mencionada por razones fiscales: como la donación no había sido enregistrada, ambos (madre y hijo) habría tenido que pagar los impuestos en Inglaterra (porque la propriedad está al extranjero) y en España (como no son residentes).
Ud. tiene razón. La cuestión parece muy complicada. Pero, como nos han dicho, tenemos que solucionarla en España. Yo opino que, de toda manera, lo que ha hecho mi suegra es ilegal pero, actualmente mi marido no está mentalizado todavía a tomar medidas en contra de su madre. Personalmente no me interesa la cuestión entre mi suegra y mi esposo, ni me importa la propriedad. Sólo quisiera evitar en futuro problemas fiscales a nuestra familia.
Por lo tanto, quisiera saber como funciona la ley de sucesión en España (ej. cuanta parte de la propriedad pertenecería a mi marido) y si estamos corriendo el riesgo de tener problemas fiscales en futuro.
Muchas gracias por su atención,
Motts
Le insisto que la ley sucesoria española solo se aplica a españoles.
Lo que hay que solucionar en España es la Inscripción (registration) de la propiedad.
Existen unos notarios en la city de Londres llamados Notary que redactan documentos para producir efectos en el extranjero, pero parece que a este documento no podemos acudir puesto que ustedes no han declarado la donación de la propiedad en Inglaterra.
Necesitaría de algún modo convalidar la documentación de que dispongan con el fin de que produzca efectos en España.
Respecto a los problemas fiscales que puedan tener: en Inglaterra debería usted preguntárselo a un asesor fiscal inglés y en España si son dueños de la propiedad cuando arreglen la situación deberán pagar los impuestos correspondientes.

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