Baja por enfermedad de conserje de fincas urbanas

¿La comunidad debe abonar el importe del salario a la empleada? ¿Cuánto debe pagar la comunidad y cuanto la Seguridad Social? ¿Cómo se efectúan estos pagos?

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¿El conserje es directamente contratado por vosotros o vosotros habéis contratado a la empresa?

El conserje es empleado de la Comunidad

Efectivamente, la comunidad debe seguir pagando a su empleado aunque esté de baja. Cuánto pagará y cuánto aportará cada uno (seguridad social y comunidad) dependerá del convenio al que esté acogido ese empleado.
La comunidad pagará directamente al empleado las dos partes, la suya y la parte de la Seguridad social. Luego en el pago de los seguros sociales se descuenta la parte que debería de haber aportado la Seguridad social

A parte si la comunidad contrata a otra persona en su lugar mi consejo es que lo hagan con un contrato interinidad por IT puesto que es más beneficioso para ustedes

Entiendo que además tendrán una gestoría para elaborar mes a mes su nómina, ellos le harán la nómina ajustando todo al céntimo

Otra posibilidad sería contratar una empresa de consejería y despreocuparse de estos asuntos

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