Silla para acceso a piscina a persona discapacitada

Vivo en una comunidad de 38 vecinos en Madrid, tenemos piscinas comunitaria.

Un vecino que discapacidad de movimiento quiere le instalemos en la piscina una silla para que pueda entrar y salir del agua.

¿Nos puede obligar a acometer dicha obra?

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La LPH, en su artículo 10, estipula que son obligatorias:

"b) Las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior, (...)"

Por tanto, siempre que la obra sea "razonable", los propietarios mayores de 70 o con alguna discapacidad pueden solicitar las obras que les permitan eliminar barreras para poder utilizar elementos comunes (y la piscina lo es).

Además, existe jurisprudencia al respecto. Vea, por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de octubre de 2013, en la que se da la razón al propietario que solicita la instalación de una silla-grúa para facilitar el acceso a la piscina comunitaria a una persona discapacitada.

Aparte de lo anterior, el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/03/pdfs/BOE-A-2013-12632.pdf ) estipula:

"2. Los supuestos y plazos máximos de exigibilidad de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público por las personas con discapacidad, en todo caso, son los siguientes:

(...)

Bienes y servicios existentes el 4 de diciembre de 2015, que sean susceptibles de ajustes razonables, cuando sean bienes y servicios de titularidad privada que no concierten o suministren las administraciones públicas: 4 de diciembre de 2017."

¡Gracias! 

Perdona que abuse de tu amabilidad, pero tengo más dudas.

Ayer tuvimos la reunión de vecinos, y se trató el tema, el vecino en cuestión tiene una pierna ortopédica además de un problema de espalda que el obliga a ir siempre con dos muletas de ahí su minusvalía y exige la silla hidráulica, el coste de tal elemento es elevado unos 4500€ y se le ofrecieron otras alternativas como es una escalera homologada con peldaños suficientes para llegar hasta el fondo de la piscina y con dos barandillas pasamanos a los lados, pero él dice que no le vale, se habló también de crear una rampa de construcción (aunque el coste seguro que será más que la silla) para que tanto el cómo cualquier otra persona con problemas de movilidad pueda acceder y además nos ahorramos temas de mantenimiento y averías, el sigue diciendo que no le vale.

Si la comunidad decide poner cualquiera de los otros elementos de accesibilidad que hemos hablado y él dice que no le valen, ¿Puede llegar a obligarnos a instalar la silla que él quiere?

Personalmente no puedo valorar si las soluciones que ustedes le ofrecen son válidas o no, pero este propietario no puede exigir que se adopte una solución determinada a su elección. La Ley dice que deben acometerse las obras razonables en materia de accesibilidad que permitan salvar las barreras. Si las soluciones que ustedes proponen son válidas y le dan acceso a la piscina, ustedes no estarían obligados a más.

De todos modos, aunque entiendo su razonamiento en cuanto a mantenimiento y averías, a priori parecería que una silla sería una solución más general. La rampa o las escaleras solucionarían el acceso a este vecino que, aunque con limitaciones, es capaz de andar. No sé si, ya puestos a acometer unas obras, sería aconsejable ser previsores y buscar una solución para el problema actual y el posible futuro, que permitiera el acceso incluso a personas sin posibilidad de caminar.

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