Compra de vivienda y cambio de separación de bienes a gananciales, dudas.

Tengo un lio en la cabeza enorme... Mi marido y yo vamos a comprar una casa, estamos en separación de bienes pero el quiere que nos pasemos a bienes gananciales por si a el le pasa algo que yo tenga acceso a la vivienda y a las cuentas.
A consecuencia de una venta de un piso suyo en el que sus padres tenían una participación de 86000€ y, el meterá a sus padres también en las escrituras porque sino le tocaría pagar el impuesto de donaciones por no ser su primera vivienda de 10.000€ .Los padres irían con un 40% y nosotros el 60%. Mi marido pagará la mayor parte de hipoteca aunque yo también aportare un poco menos de la mitad de las cuotas
Tengo patrimonio a heredar como hija única, un piso valorado en 150000 euros aprox .
¿En qué puede afectar el hacer bienes gananciales con el en caso de fallecimiento?(¿Va hacer seguro de vida)y de separación?

Respuesta

Su marido tiene unas ideas de solución patrimonial totalmente extravagantes. Para empezar, un episodio sucesorio que sigue a una muerte no se resuelve con una modificación del régimen matrimonial (que presupone la vida) sino con un testamento. En segundo lugar, quiere devolver a sus padres 86.000 euros mediante el expediente de hacerles propietarios de la nueva vivienda en un 40%, cuando en realidad son dos conceptos radicalmente distintos. Si usted deriva en gananciales y el 60% pasa a la propiedad de la sociedad matrimonial, se encontrará con que, disuelta esta, usted tiene el 15% y sus suegros el 40%; como quien dice como si los tuviese en la cocina, con el añadido de que si se cumple el orden cronológico de la muerte, aparecerán los herederos legítimos y el cónyuge que sobreviva, con su cuota usufructuraria sobre la vivienda. Una absurda atomización de una propiedad que usted va a amortizar en parte. Por lo demás, los bienes obtenidos por herencia son privativos (no sus rentas ni productos) por lo que el piso de que habla será solo suyo. No le diga nada a su marido, no sea que le venga con otra ocurrencia.

1 respuesta más de otro experto

Respuesta

Estando en régimen de separación de bienes pueden comprar esa vivienda en pro indiviso sin necesidad de cambiar su régimen matrimonial a gananciales, tampoco entiendo lo de "meter" a sus padres en la escritura, si les debe dinero lo más barato, fiscalmente hablando, es devolvérselo en lugar de hacer operaciones inmobiliarias con un alto costo fiscal.

Lo que Vd herede es privativo suyo, sea en gananciales o en separación de bienes.

Mete a sus padres porque al vender un piso en Andalucía no puede acogerse a la bonificación del impuesto de donaciones por primera vivienda y tendría que pagar a Hacienda en caso de que compráramos está casa 10.000 euros al utilizar el dinero que estaba escriturado en el piso recién vendido con el 66% de participación de sus padres, aunque mi marido haya sido el que ha pagado toda la hipoteca.

¿Se supone que estando sus padres en la escritura miraba también ese dinero estaría justificado al estar abonado por ellos en el concepto de compra de casa.No es así? ¿Habría alguna otra manera de acogerse a algo para evitar el pago del impuesto de donaciones?

Justificar que no se trata de una donación sino del pago de una deuda

Bajo que concepto se justifica eso en Hacienda?

Se justifica con los medios legales de prueba

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas