Adjudicación de Herencia a Cónyuge + Hijos

4 hijos concurren a la herencia del padre junto con la viuda sobre la propiedad de una casa que es 50% de ella.

Ya existe declaración de herederos formalizada.

Queremos renunciar para que la viuda se adjudique la herencia e inscriba toda la propiedad a su nombre.

Pero a uno de ellos se le debe consultar mediante el procedimiento del 1005 CC por falta de relación desde hace años.

Estamos esperando a que pasen los 30 días naturales para renunciar tras la renuncia del no presente, ya que de aceptar aquél por falta de respuesta, si renunciamos los demás, toda la herencia correspondería a este cuarto hijo.

En caso de que no renuncie, como hipótesis. ¿Existe alguna forma de llegar a esa adjudicación en favor de la madre viuda?

Creo que no, pero me gustaría leer otras opiniones.

Respuesta
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No. Si hay constancia de que ha recibido la comunicación del notario y no responde, es que ha aceptado la herencia y entonces ya no puede renunciar ni aunque quisiera. Solo quedaría la opción de que hiciera donación de su parte a su madre o alguien más, pero renunciar, ya no.

Creo que no se ha entendido la pregunta. 

Si no responde, es que acepta. Entonces, por supuesto, ¿la viuda no puede hacerse la adjudicación de la vivienda?

Usted ha preguntado si en caso de que no renuncie existe alguna forma de llegar a la adjudicación en favor de la madre viuda y le he respondido que no. Como usted mismo ha indicado, si todos los demás renuncian, la herencia que les corresponde será toda para él y el artísulo 1005 del código civil, dice:

"Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente."

Como usted ve, el notario tiene que indicarle que si no dice nada en ese plazo se entiende que ha aceptado la herencia. Una vez él recibe la notificación del notario, tiene un mes para responder y si no lo hace, es que acepta la herencia. Por lo tanto, si él la ha aceptado, no puede quedarse con ella su madre.

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