Si dispone de el, lo gasta, lo usa, lo transfiere o invierte... puede ser denunciado por apropiación indebida por apropiarse de ese ingreso por error. Le adjunto un link con una sentencia condenatoria de igual caso que el suyo... y de no hace mucho, el 2015.
http://www.bufetediazarias.com/noticias/2015/abril/22042015-2.html
Mi recomendación es que se asegure previamente de donde proviene esa cantidad y si es por otro motivo mas o distinto que la empresa debiera abonarle. Si en esos momentos verifica el error no espere a que echen cuentas y mas tarde se lo pidan. Si pasara un tiempo y ud creyera que ahí se acabó, puede que a final de año en cualquier estado de cuentas de la empresa salga a la luz y... disponga ud para la pronta devolución claro.
Un cordial saludo.
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