¿Puede un seguro médico suspender la póliza en mitad de un tratamiento oncológico?
En el caso de un seguro médico contratado por una institución o empresa para su personal desplazado en el exterior, la prestación concluye en el momento en que finaliza la relación laboral con el trabajador y este regresa a España.
Pero, ¿qué ocurre si este trabajador, en el momento en que finaliza su contrato, se encuentra en pleno tratamiento de quimioterapia, de baja y sin posibilidad de viajar a España para continuarlo con la Seguridad Social? ¿Puede el seguro desentenderse y dejar de cubrir las sesiones que falten hasta concluirlo? ¿O por el contrario, hay un periodo mínimo en el que obligatoriamente deba asumir el costo del tratamiento?
Habría que tener en cuenta que el diagnóstico de cáncer se dio bajo la cobertura del seguro, así como el inicio del tratamiento mencionado.