Donaciones en la comunidad de Catalunya

Mi madre me donará la parte del piso que compartimos al 50% y que representa mi vivienda habitual hace ya unos 10 años. Ella tiene más de 65 años y el valor de la donación no supera los 50000€. Nos comentan desde una asesoría que existe una reducción del 95% con un máximo de 60000€. El piso se encuentra en Barcelona capital.

¿Nos podéis corroborar por favor que es correcta dicha afirmación?

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La regulación a la que hace referencia en cuanto a reducciones:

''2.6 Por la donación de un inmueble destinado a constituir la primera vivienda habitual(*) se puede aplicar una reducción del 95% del valor de la vivienda donada, con una reducción máxima de 60.000 euros, límite que se fija en 120.000 para los donatarios con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, cuando se cumplen los requisitos siguientes cuando se cumplen los requisitos siguientes:

a) La donación debe formalizarse en escritura pública, en la cual se tiene que hacer constar de manera expresa que la vivienda se dona para que se convierta en vivienda habitual de la persona donataria.

b) La persona donataria tiene que ser descendiente de la donante, y no puede tener más de 36 años, salvo que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

c) La base imponible total en la última declaración del IRPF presentada por la persona donataria no puede ser superior, restando los mínimos personal y familiar, a 36.000 euros, o 120.000 si la persona donataria tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

(*) Se considera adquisición de la primera vivienda habitual la adquisición en plena propiedad de la totalidad de la vivienda o, en caso de cónyuges o futuros contrayentes, de una parte indivisa de la vivienda''.

Si cumple los requisitos, si tendría derecho a reducción.

¡Gracias! 

He contactado con la Generalitat y me comentan exactamente lo que usted me describe. Lástima donde solo se incumple la edad en este caso.

Muchísimas gracias por su aclaración.

Saludos.

1 respuesta más de otro experto

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Le han dado una respuesta perfecta y la he votado positiva. Solo me queda añadir que si usted tuviera más de 36 años no se podría acoger a este beneficio. En este caso, al ser hija, tendría que pagar un 5% del valor de lo donado.

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