Permanencia mínima en prórroga a contrato de alquiler
Hoy, mi arrendatario (una empresa propietaria del inmueble), me ha ofrecido una adenda al contrato de arrendamiento que suscribí con ellos pronto hará 3 años. En la adenda, vuelve a estipularse la necesidad de quedarme como mínimo 6 meses despues de la entrada en vigor de la misma, y por circunstancias personales me temo que deberé cambiar mi lugar de residencia antes de que se cumplan estos 6 meses.
Leyendo la ley 4/2013, artículos 10 y 11, sobre prórroga el primero, y desistimiento el segundo, no consigo tener claro si es legal esta cláusula de permanencia de 6 meses (teniendo en cuenta que se trata de una prórroga y no un nuevo contrato).
En caso de que me marche antes de esos 6 meses, me confirman que cobrarán de la garantía y fianza que deposité con ellos hace 3 años, tantos meses completos como resten hasta los 6, más la penalización por cancelación prematura correspondiente (sobre esta última no tengo queja).
Me urge respuesta de un experto en la materia, ya que esta información me ha caído sin preparar, y con poco margen de reacción en caso de deber marcharme.