He terminado mi contrato por obra y servicio el cual ha durado 150 horas. Las he trabajado a razón de 8 por semana.

Mi sueldo ha sido a razón de horas trabajadas "SUELDO POR HORAS" ¿Tengo derecho a vacaciones y a finiquito?

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Efectivamente,

Si su contrato ha concluido, tiene usted derecho a que le abonen las partidas correspondientes a finiquito, vacaciones no disfrutadas de 2.017, salarios que pudieran adeudarle, diferencias salariales, etc.

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