Para calcular la indemnización se devengan los días en IT

Se ha despedido a un trabajador que lleva 10 años trabajado en la empresa, el mes de mayo ha trabajado los 4 días primeros y el resto hasta el 21 de mayo ha estado de baja por incapacidad temporal. Quisiera saber si los 17 días que ha estado de baja se los tengo que computar para calcular la indemnización, o solo computaría hasta el días 4 de mayo.

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Debe ser calcular la indemnización hasta la fecha de baja, los días de IT no se descuentan del finiquito, también incluirían para el cálculo de la parte proporcional de las pagas extra como de las vacaciones pendientes de disfrutar.

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