¿Le quitarían la RGI a mi hermana con incapacidad permanente total por cobrar su 1/5 parte de una herencia? Su parte son18000 e.

Somos 5 hermanos y mi madre quiere resolver su testamento antes de su fallecimiento. Nos lo deja su piso a partes iguales. El valor del piso hoy es de 90.000 euros. Una de mis hermanas tiene una incapacidad. Recibe una RGI para pagarle un piso concedido en alquiler por los servicios sociales del Ayto de Barakaldo, Vizcaya. Uno de mis hermanos se va a quedar con el piso por acuerdo de todos los hermanos. Pediría un crédito hipotecario para pagar a cada hermano nuestra parte. ¿Al recibir su parte nuestra hermana, le quitarían la RGI? Hemos pensado entre todos, y ella está de acuerdo, que renuncie a su herencia ante notario para no perder su vivienda con la condicion de que si el hermano que se queda con el piso lo vendiera tendría que abonarle a nuestra hermana su parte con el valor actualizado del piso en el hipotético caso de que lo vendiera. ¿Es posible esta acción? ¿Nos pueden proponer algún procedimiento legal que, si es posible no perjudique a nuestra hermana? Quedo a la espera y les agradezco por anticipado su respuesta.

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Probablemente si, tendría que preguntar.

¡Gracias! 

Usted puede repartir la herencia como quiera, y plasmando en un contrato privado el acuerdo del que me habla. No pueden abrirle ningún expediente por que ustedes repartan la herencia como quieran.

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