Herencia. ¿Las acciones son bienes gananciales?

A la hora de repartir una herencia, ¿las acciones como se reparten? ¿Puede evitarse que se repartan?

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En el encabezamiento de la pregunta cuestionas si las acciones son bienes gananciales.
Pues si se han comprado con dinero ganancial, pues son gananciales.
Si son heredadas, pues no.
Si quien sea las tenia antes del matrimonio, pues tampoco.
Pero si han sido adquiridas en el matrimonio y este es en gananciales... son de gananciales.
¿Y cómo evitar que se vendan a la hora de repartir la herencia?
Pues la Ley permite que antes de aceptar la herencia, los herederos se sienten y lleguen a un acuerdo de reparto.
Se valora todo: Saldos, acciones, fincas, terrenos, pisos, coches, seguros de vida.. etc... etc.
Y uno dice: Yo quiero las acciones, pues si los demás están de acuerdo... pues para ese. Ya no se dividen. Pero compensa a los demás, con dinero del que hay en las cuentas.
Si otro quiere un piso y los demás no se oponen, pues que se lo adjudique, se valora, compensa a los demás, en efectivo, o con otras propiedades, y ya está.
Todo es cuestión de ser razonables y llegar a un acuerdo.
No tienes ni idea de la cantidad de molestias, preocupaciones, disgustos y gastos que os vais a ahorrar, si lo hacéis así.
Pero si son tres herederos, (por ejemplo), y no hay acuerdo. Pues si hay un piso, una tercera parte para cada uno.
Si hay 90.000 euros en las cuentas, pues 30.000 para cada uno.
Si hay 60 acciones, pues 20 para cada uno.
Pero si no hay acuerdo, todo se reparte.
Pero la Ley os autoriza a acordar el reparto antes de aceptar y ahorraros mucho.
Pues nada, un saludo y por favor, finalice la pregunta para que se me quede libre.
Muchísimas gracias, me queda más claro. Tengo un par de dudas más.
Si se intenta dejar algo sin valorar en la herencia (acciones) siendo gananciales, ¿quién podría reclamarlo? ¿Hacienda?
¿Se tiene que repartir todo por igual o por ser un acuerdo entre las partes se puede repartir como se quiera?
Un saludo.
Pues en plan de llegar a un acuerdo, lo pueden repartir entre los herederos a su gusto.
Luego los herederos, con un acuerdo de reparto y adjudicación, van al notario, le dan todos los datos de todos los bienes, y se redacta el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y división de la herencia y se firma.
Pero en este cuaderno particional han de incluir todo (ABSOLUTAMENTE TODO), lo que entre en herencia.
Porque las acciones están en un banco ¿no? Pues el banco las bloquea y desde luego, jamás nadie va a conseguir acceder a ellas sin el cuaderno particional, firmado por todos los herederos, en el que se diga que esas acciones son para tal o para cual.
Porque en el cuaderno particional, lo que hacen es aceptar, y si no lo incluyen, no se aceptan, y si no se aceptan, pues no se tiene derecho sobre ellas.
No entiendo muy bien su pregunta, pero creo que a esto es a lo que se refiere. ¿No?
Lo de repartir a todos por igual o como se quiera, ya se lo contesté en mi anterior respuesta.
Pueden llegar a un acuerdo y adjudicarse lotes de la herencia. No hace falta que todo sea para todos a partes iguales.
Uno puede adjudicarse un piso, otro un chalet, otro un olivar, otro las acciones... etc. Y se valora cada cosa, se ve lo que a cada cual corresponde, y se compensan econímicamente los unos a los otros.
La Ley lo permite.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.

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