Se puede presentar una conciliación contra una Consejería de la Junta de Andalucía.

No me aclaro con la información que encuentro por internet, se puede poner una conciliación contra una administración publica, en lugar de acudir al contencioso administrativo utilizar este medio de la conciliación o solo es para personas físicas o jurídicas.

Muchas Gracias compañe@s.

1 respuesta

Respuesta
1

No tiene por qué llegar al contencioso-administrativo. Sea cual sea la Administración con que usted mantiene esas diferencias, ha de seguir el protocolo legal de actuación. En primer lugar, el expediente administrativo; en segundo lugar, y cuando este corone, podrá acudir a los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso Administrativo. Usted ha de empezar redactando un escrito muy claro y pedir al final del mismo algo muy concreto. Va a la oficina de registro, que le sellen su copia. Se inicia entonces el expediente administrativo, con su número y hasta su clave de acceso según sea una u otra administración. En noventa días máximo recibirá una respuesta a su petición. Si no le gusta, puede recurrirla en reposición y alzada, para al fin ir a los tribunales. No hay ninguna otra vía.

¡Gracias! 

Si la conciliación es a una empresa y yo actúo como particular y usuario, la empresa esta ubicada en Madrid y mi residencia en Cádiz, donde debo poner la conciliación y celebrarse, en mi lugar de residencia o en la ciudad donde esta ubicada la empresa. Gracias.

Las demandas hay que interponerlas en el domicilio del demandado. Tratándose de una empresa, también puede presentarse en aquel sitio donde tenga una oficina abierta al público y además sea el sitio del cumplimiento de la obligación. Puede que esto coincida con su domicilio (el de usted)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas