Me han desheredado mediante donaciones

Mi madre falleció en el 2004 renuncie a su herencia por que tenia deudas con el banco, en el 2008 fallece mi abuelo (años atras mi abuela )y hasta el día de hoy no he recibido nada, hablamos de una familia con mucho patrimonio, locales, casas, garajes, trasteros ... En fin mucho .

Mi relación con la familia fue nula desde el fallecimiento de mi madre pensaba que no me correspondía nada pero hace poco hable con una amigo y me invito a a consultar y ver un poco que paso con todo lo que tenían, y resulta que se dedicaron en los últimos años de vida mi abuelo a hacer donaciones entre mis dos tíos (hermanos de mi madre) reduciendo a cero todo el patrimonio de mi abuelo.

¿Qué puedo hacer? ¿He perdido todo lo que me correspondería como legitimario? ¿Podría reclamar aun a pesar del tiempo transcurrido? ¿Prescriben las donaciones si se declaran inoficiosas?

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Todo prescribe en esta vida, Juan; incluidos nosotros mismos. Pero en este caso dispone usted hasta el año 2028 para reclamar lo suyo. Si es usted hijo único puede reclamar la parte legítima de su madre directamente de sus tíos. Suponemos que las donaciones las hicieron con dispensa de colación, y que a su madre le correspondía en términos porcentuales, el 11% del valor que tenían los bienes a la fecha de la muerte de su abuelo, por lo que si puede inventariar los mismos (pida notas simples a nombre de sus tíos) calcule usted mismo el valor, y presente una demanda por el mismo. Es algo laborioso que demanda prestancia profesional, contable incluido, pero perfectamente factible. Como se le ve a usted informado acerca del asunto, con lo de la declaración de "inoficiosas" de las donaciones en la parte que rebasen la legítima, le enfatizamos que ha de hacerse con auxilio profesional.

Muchísimas gracias , si por desgracias también nosotros prescribimos .. lo poco que se es lo que he leído en este bendito invento ; Internet , donde también he podido leer que las donaciones inoficiosas prescriben a los 4 años ( o eso he entendido ) y claro eso me ha dejado muy preocupado ,  ya que he podido conseguir las notas simples antiguas ,donde se puede leer donación a favor de uno de mis tíos y usufructo de mi abuelo  y así con todas, repartiendo todas las fincas de manera equitativa entre mis dos tíos. Me pondré en manos de profesionales pero me preocupa quedarme sin nada ya que intuyo un proceso costoso ....

La reclamación de una donación por inoficiosa le prescribe a usted el año 2020, puesto que para el año 2008 era de 15 años y la disposición adicional quinta de reforma de la ley 42/2015 en relación con el artículo 1939 del Código Civil señalan ese saldo. Pero cuando va usted al médico no le cuenta la diagnosis de su dolencia según internet, sino que le duele en tal o cual sitio. De igual forma, la empanada que lleva sobre la acción de reclamación de una donación por inoficiosa (que presupone el acceso previo a la condición de heredero) y una demanda por detentar la herencia indebidamente, es decir, por haberse quedado con la herencia, es muy distinta. 30 años, en concreto.

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